Conoce el nuevo procedimiento para la contratación docente por expediente 2023
Conoce el nuevo procedimiento para la contratación docente por expediente 2023
Señores usuarios el portal educativo WWW.Educacionverdadera.com, es un portal que se dedica a la elaboración y recopilación que esta en relación con contenidos educativos para docentes y estudiantes y otros usuarios que esta en la vanguardia de la educación en nuestro país, les comparto esta información fiable.
A continuación les compartimos Conoce el nuevo procedimiento para la contratación docente por expediente 2023
Siga las siguientes indicaciones para la descarga:
PUEDE DESCARGAR EN EL SIGUIENTE LINK:
DESCARGAR AQUÍ: contratación docente por expediente 2023
- ¿Cuándo se inicia?
Se inicia con la inscripción de los postulantes prevista del 21 al 24 de febrero. Esta etapa se realiza siempre que existan vacantes y se haya agotado el cuadro de mérito final establecido por la contratación de resultados de la Prueba Nacional del año 2022.
- ¿Quiénes pueden participar?
Participan postulantes titulados, bachilleres, egresados, con estudios en Educación, así como titulados universitarios, bachilleres, egresados no pedagógicos, y otros; quienes son agrupados por orden de prelación excluyente para la adjudicación, de acuerdo con la formación académica establecida en la normatividad vigente (anexo 6 del DS 001- 2023-MINEDU). - ¿Cómo se postula?
El/La postulante debe presentar su expediente en forma presencial o virtual (según lo haya determinado el comité) a una UGEL, señalando la modalidad educativa, nivel o ciclo, área curricular/especialidad o campo de conocimiento a la que postula. Asimismo, debe adjuntar los requisitos de formación académica, generales y específicos. También, los anexos 8, 9, 10, 11, 12 y 19 de la norma vigente, debidamente rellenados, firmados y con la huella dactilar, dentro del plazo establecido en el cronograma aprobado. - ¿Quién es responsable de la revisión de los expedientes?
El comité de contratación revisa y verifica que los/las postulantes cumplan con los requisitos establecidos en la presente norma (artículo 13), y que los documentos presentados correspondan para la modalidad educativa, nivel o ciclo, área curricular/especialidad o campo de conocimiento de la vacante convocada. - ¿Cuál es el puntaje máximo de la evaluación y qué criterios son evaluados?
El comité evalúa los expedientes de los/las postulantes sobre un máximo de setenta (70) puntos, de acuerdo con los criterios de la ficha de calificación para Educación Básica de la normativa vigente (anexo 13). Los criterios a ser evaluados son:
a. Formación académica y profesional (máximo 38 puntos).
b. Formación continua (máximo 3 puntos).
c. Experiencia laboral (máximo 24 puntos).
d. Méritos (máximo 5 puntos). - ¿Qué sucede si dos o más postulantes obtienen el mismo puntaje?
Si dos o más postulantes obtienen el mismo puntaje final, el comité deberá considerar de manera excluyente, y en orden de prelación, los puntajes obtenidos en los siguientes criterios:
a) Formación académica y profesional
b) Experiencia laboral
c) Formación continua
d) Antigüedad de fecha de expedición del título. - 7. ¿Quién publica los resultados preliminares de la evaluación deexpedientes?
El comité de evaluación de la UGEL o DRE elabora y publica los resultados preliminares, por orden de prelación excluyente, considerando los puntajes obtenidos en la evaluación de expedientes, así como la relación de postulantes no aptos para continuar con el proceso de contratación.
¿Qué sucede si no coloqué mi huella dactilar y/o mi firma en las declaraciones juradas al presentar mi expediente?
El comité declarará “observado” al postulante a fin de que regularice la documentación el día de la adjudicación.
9. ¿Qué puede hacer el/la postulante si no está conforme con losresultados preliminares de la evaluación por expedientes?
Publicado los resultados preliminares, el/la postulante que no se encuentre de acuerdo está facultado/a a presentar su reclamo, debidamente fundamentado por escrito, ante el comité, dentro del plazo establecido en el cronograma aprobado. El comité resuelve el reclamo por escrito, dentro del plazo establecido en el cronograma aprobado. La decisión adoptada será comunicada a los/las postulantes; y en el caso que corresponda, realiza las correcciones a los resultados para su publicación final, con lo cual se da por agotada la etapa de reclamación.
10. ¿Cuándo se publican los resultados finales de la evaluación de expedientes?
El comité publica el cuadro de mérito final, por orden de prelación excluyente, dentro del plazo establecido en el cronograma aprobado, para lo cual está obligado a cumplir cada una de las actividades establecidas.
11. ¿Cómo se desarrolla la adjudicación?
El comité adjudica de forma presencial o virtual por modalidad educativa, nivel o ciclo, área curricular/especialidad o campo de conocimiento de acuerdo con el orden de prelación excluyente y, para ello, es importante la comunicación oportuna a los postulantes de la forma como se realizará la adjudicación. Concluida la adjudicación, el comité remite al área de Recursos Humanos, o al que haga sus veces en la UGEL, el informe del proceso correspondiente a esta etapa de contratación, el cual contiene los expedientes de los/las postulantes adjudicados/as. Asimismo, remite un ejemplar solo del informe al titular de la UGEL.
12. ¿Qué sucede con las plazas vacantes no adjudicadas?
El comité informa a la UGEL la relación de vacantes no adjudicadas, y esta comunica a los directores de las II. EE. a fin de que se cubran a través de la contratación “Contrato por situaciones diferenciadas” para garantizar la cobertura de la plaza vacante de
Si te gustó compártelo en tus redes sociales
FUENTES:MINEDU
Web Oficial APRENDO EN CASA:
Web Oficial MINEDU